Orden de 31 de marzo de 2020 -de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos-, que modifica y complementa la Orden de 20 de marzo de 2020, por la que se disponen y aclaran los plazos en el ámbito tributario por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOC n° 65 del miércoles 1 de abril de 2020).
IGIC: autoliquidación trimestral con domiciliación bancaria correspondiente al primer trimestre de 2020 (modelos 417 trimestral, 420 y 421).
Se amplía hasta el día 27 de mayo de 2020 el plazo de presentación de la autoliquidación trimestral del Impuesto General Indirecto Canario correspondiente al período de liquidación del primer trimestre del año 2020, cuando la forma de pago sea la domiciliación bancaria.
Juego: autoliquidación trimestral correspondiente al primer trimestre de 2020 (modelos 045 y 046).
Se amplía hasta el día 1 de junio de 2020 el plazo de presentación de la autoliquidación del primer trimestre del año 2020 de la Tasa Fiscal sobre los Juegos de Suerte, Envite o Azar, correspondiente a máquinas o aparatos automáticos.

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